ADMISIÓN PARA HOSPITALIZACIÓN
Este servicio tiene el propósito de internar al enfermo con la finalidad de que sea atendido en las áreas de hospitalización.
Los puntos importantes para hacer uso de este servicio son:
- Sólo pueden solicitar el internamiento de un enfermo los médicos responsables del tratamiento de las siguientes especialidades: Cardiología Adultos, Cardiología Pediátrica, Nefrología, Cardioneumología y Reumatología.
- Se interna a los enfermos a solicitud del médico responsable por alguno de los siguientes motivos:
- Tratamiento médico no quirúrgico
- Estudio
- Cirugía
- Cateterismo Cardiaco
- Tratamiento intervencionista
- Estabilización para traslado
- El médico tratante es responsable de proporcionar la información necesaria al enfermo y sus familiares sobre el tratamiento al que será sometido el enfermo.
- Todo enfermo internado debe firmar una carta de aceptación, así como una de notificación y consentimiento antes de su ingreso hospitalario.
- El médico adjunto debe llenar el formato correspondiente para el internamiento.
- Todos los enfermos internados deben contar con expediente clínico, número de registro y clasificación socioeconómica.
- El Departamento de Trabajo Social y Admisión debe informar al enfermo y/o a sus familiares sobre los horarios y condiciones de visita, así como de las formas de pago.
- Cuando se determine que el enfermo requiere ser sujeto a un procedimiento intervencionista, con base en el resultado de la entrevista y el Estudio Socioeconómico que le realice el Departamento de Trabajo Social y Admisión, se define la clasificación socioeconómica con la cual continuará su tratamiento.
- En el caso de enfermos para cirugía o cateterismo, se programa la fecha de internamiento de acuerdo con su estado de salud y la disponibilidad de camas.
- El Departamento de Trabajo Social y Admisión realizará una entrevista a cada enfermo, al establecerse la fecha del internamiento, para verificar los datos asentados en el estudio socioeconómico.
- Si el enfermo es internado para intervención quirúrgica o cateterismo, la trabajadora social debe indicar al enfermo y/o familiares sobre las condiciones, horarios y número de donadores que se requieran según el caso.
- Previo al internamiento y de acuerdo con la clasificación socioeconómica asignada, la trabajadora social debe informar al enfermo el costo estimado del tratamiento hospitalario, el cual podrá variar de acuerdo a la evolución del cuadro clínico.
- Si el enfermo requiere de insumos de costo elevado para su tratamiento, se le indica que realice los pagos para cubrir el costo total de éstos antes del internamiento, de acuerdo a su clasificación socioeconómica.
- A los enfermos que ingresen directamente al área de Urgencias y por razones inherentes a su cuadro clínico no se les pueda elaborar previamente el estudio socioeconómico correspondiente, se les asignará provisionalmente la clasificación socioeconómica 5. Posteriormente se realizará el estudio socioeconómico y se recabarán los siguientes documentos: comprobante de domicilio, comprobante de ingresos e identificación personal.
- A todos los enfermos de clasificación socioeconómica 6, K y Ks se les abrirá expediente clínico y asignará número de registro en el momento en que se presenten en el Departamento de Trabajo Social y Admisión con la solicitud de atención médica.
A los enfermos de clasificación socioeconómica 6 y K que provengan de instituciones públicas con las que el Instituto tenga convenio de prestación de servicios o de unidades médicas que no cuenten con recursos tecnológicos para la realización de un diagnóstico presuntivo, se les realizará una valoración médica antes del internamiento, con la finalidad de corroborar el diagnóstico presuntivo del médico que ha solicitado la hospitalización.